à åÇéÀãÇáÌÅø éÀäåÈä àÆì-îÉùÑÆä, áÌÀäÇø ñÄéðÇé ìÅàîÉø.
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1 Y JEHOVÁ habló á Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:
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á ãÌÇáÌÅø àÆì-áÌÀðÅé éÄùÒÀøÈàÅì, åÀàÈîÇøÀúÌÈ àÂìÅäÆí, ëÌÄé úÈáÉàåÌ àÆì-äÈàÈøÆõ, àÂùÑÆø àÂðÄé ðÉúÅï ìÈëÆí--åÀùÑÈáÀúÈä äÈàÈøÆõ, ùÑÇáÌÈú ìÇéäåÈä.
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2 Habla á los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra hará sábado á Jehová.
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â ùÑÅùÑ ùÑÈðÄéí úÌÄæÀøÇò ùÒÈãÆêÈ, åÀùÑÅùÑ ùÑÈðÄéí úÌÄæÀîÉø ëÌÇøÀîÆêÈ; åÀàÈñÇôÀúÌÈ, àÆú-úÌÀáåÌàÈúÈäÌ.
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3 Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y cogerás sus frutos;
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ã åÌáÇùÌÑÈðÈä äÇùÌÑÀáÄéòÄú, ùÑÇáÌÇú ùÑÇáÌÈúåÉï éÄäÀéÆä ìÈàÈøÆõ--ùÑÇáÌÈú, ìÇéäåÈä: ùÒÈãÀêÈ ìÉà úÄæÀøÈò, åÀëÇøÀîÀêÈ ìÉà úÄæÀîÉø.
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4 Y el séptimo año la tierra tendrá sábado de holganza, sábado para el Señor,
no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.
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ä àÅú ñÀôÄéçÇ ÷ÀöÄéøÀêÈ ìÉà úÄ÷ÀöåÉø, åÀàÆú-òÄðÌÀáÅé ðÀæÄéøÆêÈ ìÉà úÄáÀöÉø: ùÑÀðÇú ùÑÇáÌÈúåÉï, éÄäÀéÆä ìÈàÈøÆõ.
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5
Lo que de suyo se naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu viñedo no vendimiarás: año de holganza será á la tierra.
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å åÀäÈéÀúÈä ùÑÇáÌÇú äÈàÈøÆõ ìÈëÆí, ìÀàÈëÀìÈä--ìÀêÈ, åÌìÀòÇáÀãÌÀêÈ åÀìÇàÂîÈúÆêÈ; åÀìÄùÒÀëÄéøÀêÈ, åÌìÀúåÉùÑÈáÀêÈ, äÇâÌÈøÄéí, òÄîÌÈêÀ.
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6 Mas el sábado de la tierra os será para comer á ti, y á tu siervo, y á tu sierva, y á tu criado, y á tu extranjero que morare contigo:
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æ åÀìÄáÀäÆîÀúÌÀêÈ--åÀìÇçÇéÌÈä, àÂùÑÆø áÌÀàÇøÀöÆêÈ: úÌÄäÀéÆä ëÈì-úÌÀáåÌàÈúÈäÌ, ìÆàÁëÉì. {ñ}
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7 Y á tu animal, y á la bestia que hubiere en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.
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ç åÀñÈôÇøÀúÌÈ ìÀêÈ, ùÑÆáÇò ùÑÇáÌÀúÉú ùÑÈðÄéí--ùÑÆáÇò ùÑÈðÄéí, ùÑÆáÇò ôÌÀòÈîÄéí; åÀäÈéåÌ ìÀêÈ, éÀîÅé ùÑÆáÇò ùÑÇáÌÀúÉú äÇùÌÑÈðÄéí, úÌÅùÑÇò åÀàÇøÀáÌÈòÄéí, ùÑÈðÈä.
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8
Y te has de contar siete semanas de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años vendrán á serte cuarenta y nueve años.
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è åÀäÇòÂáÇøÀúÌÈ ùÑåÉôÇø úÌÀøåÌòÈä, áÌÇçÉãÆùÑ äÇùÌÑÀáÄòÄé, áÌÆòÈùÒåÉø, ìÇçÉãÆùÑ; áÌÀéåÉí, äÇëÌÄôÌËøÄéí, úÌÇòÂáÄéøåÌ ùÑåÉôÈø, áÌÀëÈì-àÇøÀöÀëÆí.
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9
Entonces harás pasar la trompeta de jubilación en el mes séptimo á los diez del mes; el día de la expiación haréis pasar la trompeta por toda vuestra tierra.
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é åÀ÷ÄãÌÇùÑÀúÌÆí, àÅú ùÑÀðÇú äÇçÂîÄùÌÑÄéí ùÑÈðÈä, åÌ÷ÀøÈàúÆí ãÌÀøåÉø áÌÈàÈøÆõ, ìÀëÈì-éÉùÑÀáÆéäÈ; éåÉáÅì äÄåà, úÌÄäÀéÆä ìÈëÆí, åÀùÑÇáÀúÌÆí àÄéùÑ àÆì-àÂçËæÌÈúåÉ, åÀàÄéùÑ àÆì-îÄùÑÀôÌÇçÀúÌåÉ úÌÈùÑËáåÌ.
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10
Y santificaréis el quincuagésimo año, y pregonaréis libertad en la tierra á todos sus moradores: este os será jubileo; y volveréis cada uno á su posesión, y cada cual volverá á su familia.
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éà éåÉáÅì äÄåà, ùÑÀðÇú äÇçÂîÄùÌÑÄéí ùÑÈðÈä--úÌÄäÀéÆä ìÈëÆí; ìÉà úÄæÀøÈòåÌ--åÀìÉà úÄ÷ÀöÀøåÌ àÆú-ñÀôÄéçÆéäÈ, åÀìÉà úÄáÀöÀøåÌ àÆú-ðÀæÄøÆéäÈ.
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11 El año de los cincuenta años os será jubileo:
no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos:
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éá ëÌÄé éåÉáÅì äÄåà, ÷ÉãÆùÑ úÌÄäÀéÆä ìÈëÆí; îÄï-äÇùÌÒÈãÆä--úÌÉàëÀìåÌ, àÆú-úÌÀáåÌàÈúÈäÌ.
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12 Porque es jubileo: santo será á vosotros; el producto de la tierra comeréis.
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éâ áÌÄùÑÀðÇú äÇéÌåÉáÅì, äÇæÌÉàú, úÌÈùÑËáåÌ, àÄéùÑ àÆì-àÂçËæÌÈúåÉ.
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13 En este año de jubileo volveréis cada uno á su posesión.
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éã åÀëÄé-úÄîÀëÌÀøåÌ îÄîÀëÌÈø ìÇòÂîÄéúÆêÈ, àåÉ ÷ÈðÉä îÄéÌÇã òÂîÄéúÆêÈ--àÇì-úÌåÉðåÌ, àÄéùÑ àÆú-àÈçÄéå.
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14
Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano:
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èå áÌÀîÄñÀôÌÇø ùÑÈðÄéí àÇçÇø äÇéÌåÉáÅì, úÌÄ÷ÀðÆä îÅàÅú òÂîÄéúÆêÈ; áÌÀîÄñÀôÌÇø ùÑÀðÅé-úÀáåÌàÉú, éÄîÀëÌÈø-ìÈêÀ.
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15 Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él á ti.
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èæ ìÀôÄé øÉá äÇùÌÑÈðÄéí, úÌÇøÀáÌÆä îÄ÷ÀðÈúåÉ, åÌìÀôÄé îÀòÉè äÇùÌÑÈðÄéí, úÌÇîÀòÄéè îÄ÷ÀðÈúåÉ: ëÌÄé îÄñÀôÌÇø úÌÀáåÌàÉú, äåÌà îÉëÅø ìÈêÀ.
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16 Conforme á la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme á la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los rendimientos te ha de vender él.
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éæ åÀìÉà úåÉðåÌ àÄéùÑ àÆú-òÂîÄéúåÉ, åÀéÈøÅàúÈ îÅàÁìÉäÆéêÈ: ëÌÄé àÂðÄé éÀäåÈä, àÁìÉäÅéëÆí.
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17
Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios: porque yo soy el Señor, vuestro Dios.
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éç åÇòÂùÒÄéúÆí, àÆú-çË÷ÌÉúÇé, åÀàÆú-îÄùÑÀôÌÈèÇé úÌÄùÑÀîÀøåÌ, åÇòÂùÒÄéúÆí àÉúÈí--åÄéùÑÇáÀúÌÆí òÇì-äÈàÈøÆõ, ìÈáÆèÇç.
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18 Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
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éè åÀðÈúÀðÈä äÈàÈøÆõ ôÌÄøÀéÈäÌ, åÇàÂëÇìÀúÌÆí ìÈùÒÉáÇò; åÄéùÑÇáÀúÌÆí ìÈáÆèÇç, òÈìÆéäÈ.
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19 Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta hartura, y habitaréis en ella con seguridad.
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ë åÀëÄé úÉàîÀøåÌ, îÇä-ðÌÉàëÇì áÌÇùÌÑÈðÈä äÇùÌÑÀáÄéòÄú: äÅï ìÉà ðÄæÀøÈò, åÀìÉà ðÆàÁñÉó àÆú-úÌÀáåÌàÈúÅðåÌ.
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20 Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? he aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos:
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ëà åÀöÄåÌÄéúÄé àÆú-áÌÄøÀëÈúÄé ìÈëÆí, áÌÇùÌÑÈðÈä äÇùÌÑÄùÌÑÄéú; åÀòÈùÒÈú, àÆú-äÇúÌÀáåÌàÈä, ìÄùÑÀìÉùÑ, äÇùÌÑÈðÄéí.
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21 Entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años.
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ëá åÌæÀøÇòÀúÌÆí, àÅú äÇùÌÑÈðÈä äÇùÌÑÀîÄéðÄú, åÇàÂëÇìÀúÌÆí, îÄï-äÇúÌÀáåÌàÈä éÈùÑÈï; òÇã äÇùÌÑÈðÈä äÇúÌÀùÑÄéòÄú, òÇã-áÌåÉà úÌÀáåÌàÈúÈäÌ--úÌÉàëÀìåÌ, éÈùÑÈï.
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22 Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
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ëâ åÀäÈàÈøÆõ, ìÉà úÄîÌÈëÅø ìÄöÀîÄúËú--ëÌÄé-ìÄé, äÈàÈøÆõ: ëÌÄé-âÅøÄéí åÀúåÉùÑÈáÄéí àÇúÌÆí, òÄîÌÈãÄé.
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23
Y la tierra no se venderá rematadamente, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
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ëã åÌáÀëÉì, àÆøÆõ àÂçËæÌÇúÀëÆí, âÌÀàËìÌÈä, úÌÄúÌÀðåÌ ìÈàÈøÆõ. {ñ}
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24
Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención á la tierra.
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ëä ëÌÄé-éÈîåÌêÀ àÈçÄéêÈ, åÌîÈëÇø îÅàÂçËæÌÈúåÉ--åÌáÈà âÉàÂìåÉ, äÇ÷ÌÈøÉá àÅìÈéå, åÀâÈàÇì, àÅú îÄîÀëÌÇø àÈçÄéå.
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25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá el rescatador, su cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
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ëå åÀàÄéùÑ, ëÌÄé ìÉà éÄäÀéÆä-ìÌåÉ âÌÉàÅì, åÀäÄùÌÒÄéâÈä éÈãåÉ, åÌîÈöÈà ëÌÀãÅé âÀàËìÌÈúåÉ.
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26 Y cuando el hombre no tuviere rescatador, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;
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ëæ åÀçÄùÌÑÇá, àÆú-ùÑÀðÅé îÄîÀëÌÈøåÉ, åÀäÅùÑÄéá àÆú-äÈòÉãÅó, ìÈàÄéùÑ àÂùÑÆø îÈëÇø-ìåÉ; åÀùÑÈá, ìÇàÂçËæÌÈúåÉ.
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27 Entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón á quien vendió, y volverá á su posesión.
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ëç åÀàÄí ìÉà-îÈöÀàÈä éÈãåÉ, ãÌÅé äÈùÑÄéá ìåÉ--åÀäÈéÈä îÄîÀëÌÈøåÉ áÌÀéÇã äÇ÷ÌÉðÆä àÉúåÉ, òÇã ùÑÀðÇú äÇéÌåÉáÅì; åÀéÈöÈà, áÌÇéÌÉáÅì, åÀùÑÈá, ìÇàÂçËæÌÈúåÉ. {ñ}
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28 Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva á él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá á su posesión.
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ëè åÀàÄéùÑ, ëÌÄé-éÄîÀëÌÉø áÌÅéú-îåÉùÑÇá òÄéø çåÉîÈä--åÀäÈéÀúÈä âÌÀàËìÌÈúåÉ, òÇã-úÌÉí ùÑÀðÇú îÄîÀëÌÈøåÉ: éÈîÄéí, úÌÄäÀéÆä âÀàËìÌÈúåÉ.
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29
Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta: un año será el término de poderse redimir.
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ì åÀàÄí ìÉà-éÄâÌÈàÅì, òÇã-îÀìÉàú ìåÉ ùÑÈðÈä úÀîÄéîÈä--åÀ÷Èí äÇáÌÇéÄú àÂùÑÆø-áÌÈòÄéø àÂùÑÆø-ìà (ìåÉ) çÉîÈä ìÇöÌÀîÄéúËú ìÇ÷ÌÉðÆä àÉúåÉ, ìÀãÉøÉúÈéå: ìÉà éÅöÅà, áÌÇéÌÉáÅì.
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30 Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad murada quedará para siempre por de aquel que la compró, y para sus descendientes: no saldrá en el jubileo.
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ìà åÌáÈúÌÅé äÇçÂöÅøÄéí, àÂùÑÆø àÅéï-ìÈäÆí çÉîÈä ñÈáÄéá--òÇì-ùÒÀãÅä äÈàÈøÆõ, éÅçÈùÑÅá: âÌÀàËìÌÈä, úÌÄäÀéÆä-ìÌåÉ, åÌáÇéÌÉáÅì, éÅöÅà.
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31 Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como una haza de tierra: tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
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ìá åÀòÈøÅé, äÇìÀåÄéÌÄí--áÌÈúÌÅé, òÈøÅé àÂçËæÌÈúÈí: âÌÀàËìÌÇú òåÉìÈí, úÌÄäÀéÆä ìÇìÀåÄéÌÄí.
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32 Pero en cuanto á las ciudades de los Levitas, siempre podrán redimir los Levitas las casas de las ciudades que poseyeren.
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ìâ åÇàÂùÑÆø éÄâÀàÇì îÄï-äÇìÀåÄéÌÄí, åÀéÈöÈà îÄîÀëÌÇø-áÌÇéÄú åÀòÄéø àÂçËæÌÈúåÉ áÌÇéÌÉáÅì: ëÌÄé áÈúÌÅé òÈøÅé äÇìÀåÄéÌÄí, äÄåà àÂçËæÌÈúÈí, áÌÀúåÉêÀ, áÌÀðÅé éÄùÒÀøÈàÅì.
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33 Y el que comprare de los Levitas, saldrá de la casa vendida, ó de la ciudad de su posesión, en el jubileo: por cuanto las casas de las ciudades de los Levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
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ìã åÌùÒÀãÅä îÄâÀøÇùÑ òÈøÅéäÆí, ìÉà éÄîÌÈëÅø: ëÌÄé-àÂçËæÌÇú òåÉìÈí äåÌà, ìÈäÆí. {ñ}
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34
Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
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ìä åÀëÄé-éÈîåÌêÀ àÈçÄéêÈ, åÌîÈèÈä éÈãåÉ òÄîÌÈêÀ--åÀäÆçÁæÇ÷ÀúÌÈ áÌåÉ, âÌÅø åÀúåÉùÑÈá åÈçÇé òÄîÌÈêÀ.
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35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere á ti, tú lo ampararás: como peregrino y extranjero vivirá contigo.
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ìå àÇì-úÌÄ÷ÌÇç îÅàÄúÌåÉ ðÆùÑÆêÀ åÀúÇøÀáÌÄéú, åÀéÈøÅàúÈ îÅàÁìÉäÆéêÈ; åÀçÅé àÈçÄéêÈ, òÄîÌÈêÀ.
|
36 No tomarás usura de él, ni aumento;
temerás a tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
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ìæ àÆú-ëÌÇñÀôÌÀêÈ--ìÉà-úÄúÌÅï ìåÉ, áÌÀðÆùÑÆêÀ; åÌáÀîÇøÀáÌÄéú, ìÉà-úÄúÌÅï àÈëÀìÆêÈ.
|
37
No le darás tu dinero a usura, ni tu vitualla a ganancia:
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ìç àÂðÄé, éÀäåÈä àÁìÉäÅéëÆí, àÂùÑÆø-äåÉöÅàúÄé àÆúÀëÆí, îÅàÆøÆõ îÄöÀøÈéÄí--ìÈúÅú ìÈëÆí àÆú-àÆøÆõ ëÌÀðÇòÇï, ìÄäÀéåÉú ìÈëÆí ìÅàìÉäÄéí. {ñ}
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38 Yo Jehová vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
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ìè åÀëÄé-éÈîåÌêÀ àÈçÄéêÈ òÄîÌÈêÀ, åÀðÄîÀëÌÇø-ìÈêÀ--ìÉà-úÇòÂáÉã áÌåÉ, òÂáÉãÇú òÈáÆã.
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39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere á ti,
no le harás servir como siervo:
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î ëÌÀùÒÈëÄéø ëÌÀúåÉùÑÈá, éÄäÀéÆä òÄîÌÈêÀ; òÇã-ùÑÀðÇú äÇéÌÉáÅì, éÇòÂáÉã òÄîÌÈêÀ.
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40 Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
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îà åÀéÈöÈà, îÅòÄîÌÈêÀ--äåÌà, åÌáÈðÈéå òÄîÌåÉ; åÀùÑÈá, àÆì-îÄùÑÀôÌÇçÀúÌåÉ, åÀàÆì-àÂçËæÌÇú àÂáÉúÈéå, éÈùÑåÌá.
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41 Entonces saldrá de contigo, él y sus hijos consigo, y volverá á su familia, y á la posesión de sus padres se restituirá.
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îá ëÌÄé-òÂáÈãÇé äÅí, àÂùÑÆø-äåÉöÅàúÄé àÉúÈí îÅàÆøÆõ îÄöÀøÈéÄí; ìÉà éÄîÌÈëÀøåÌ, îÄîÀëÌÆøÆú òÈáÆã.
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42 Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto:
no serán vendidos a manera de siervos.
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îâ ìÉà-úÄøÀãÌÆä áåÉ, áÌÀôÈøÆêÀ; åÀéÈøÅàúÈ, îÅàÁìÉäÆéêÈ.
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43
No te enseñorearás de él con dureza,
temerás a tu Dios.
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îã åÀòÇáÀãÌÀêÈ åÇàÂîÈúÀêÈ, àÂùÑÆø éÄäÀéåÌ-ìÈêÀ: îÅàÅú äÇâÌåÉéÄí, àÂùÑÆø ñÀáÄéáÉúÅéëÆí--îÅäÆí úÌÄ÷ÀðåÌ, òÆáÆã åÀàÈîÈä.
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44 Así tu siervo como tu sierva que tuvieres, serán de las gentes que están en vuestro alrededor: de ellos compraréis siervos y siervas.
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îä åÀâÇí îÄáÌÀðÅé äÇúÌåÉùÑÈáÄéí äÇâÌÈøÄéí òÄîÌÈëÆí, îÅäÆí úÌÄ÷ÀðåÌ, åÌîÄîÌÄùÑÀôÌÇçÀúÌÈí àÂùÑÆø òÄîÌÈëÆí, àÂùÑÆø äåÉìÄéãåÌ áÌÀàÇøÀöÀëÆí; åÀäÈéåÌ ìÈëÆí, ìÇàÂçËæÌÈä.
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45 También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión:
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îå åÀäÄúÀðÇçÇìÀúÌÆí àÉúÈí ìÄáÀðÅéëÆí àÇçÂøÅéëÆí, ìÈøÆùÑÆú àÂçËæÌÈä--ìÀòÉìÈí, áÌÈäÆí úÌÇòÂáÉãåÌ; åÌáÀàÇçÅéëÆí áÌÀðÅé-éÄùÒÀøÈàÅì àÄéùÑ áÌÀàÈçÄéå, ìÉà-úÄøÀãÌÆä áåÉ áÌÀôÈøÆêÀ. {ñ}
|
46 Y los poseeréis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria;
para siempre os serviréis de ellos; empero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
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îæ åÀëÄé úÇùÌÒÄéâ, éÇã âÌÅø åÀúåÉùÑÈá òÄîÌÈêÀ, åÌîÈêÀ àÈçÄéêÈ, òÄîÌåÉ; åÀðÄîÀëÌÇø, ìÀâÅø úÌåÉùÑÈá òÄîÌÈêÀ, àåÉ ìÀòÅ÷Æø, îÄùÑÀôÌÇçÇú âÌÅø.
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47 Y si el peregrino ó extranjero que está contigo, adquiriese medios, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino ó extranjero que está contigo, ó á la raza de la familia del extranjero;
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îç àÇçÂøÅé ðÄîÀëÌÇø, âÌÀàËìÌÈä úÌÄäÀéÆä-ìÌåÉ: àÆçÈã îÅàÆçÈéå, éÄâÀàÈìÆðÌåÌ.
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48 Después que se hubiere vendido, podrá ser rescatado: uno de sus hermanos lo rescatará;
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îè àåÉ-ãÉãåÉ àåÉ áÆï-ãÌÉãåÉ, éÄâÀàÈìÆðÌåÌ, àåÉ-îÄùÌÑÀàÅø áÌÀùÒÈøåÉ îÄîÌÄùÑÀôÌÇçÀúÌåÉ, éÄâÀàÈìÆðÌåÌ; àåÉ-äÄùÌÒÄéâÈä éÈãåÉ, åÀðÄâÀàÈì.
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49 O su tío, ó el hijo de su tío lo rescatará, ó el cercano de su carne, de su linaje, lo rescatará; ó si sus medios alcanzaren, él mismo se redimirá.
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ð åÀçÄùÌÑÇá, òÄí-÷ÉðÅäåÌ, îÄùÌÑÀðÇú äÄîÌÈëÀøåÉ ìåÉ, òÇã ùÑÀðÇú äÇéÌÉáÅì; åÀäÈéÈä ëÌÆñÆó îÄîÀëÌÈøåÉ, áÌÀîÄñÀôÌÇø ùÑÈðÄéí, ëÌÄéîÅé ùÒÈëÄéø, éÄäÀéÆä òÄîÌåÉ.
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50 Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió á él hasta el año del jubileo: y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
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ðà àÄí-òåÉã øÇáÌåÉú, áÌÇùÌÑÈðÄéí--ìÀôÄéäÆï éÈùÑÄéá âÌÀàËìÌÈúåÉ, îÄëÌÆñÆó îÄ÷ÀðÈúåÉ.
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51 Si aún fueren muchos años, conforme á ellos volverá para su rescate del dinero por el cual se vendió.
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ðá åÀàÄí-îÀòÇè ðÄùÑÀàÇø áÌÇùÌÑÈðÄéí, òÇã-ùÑÀðÇú äÇéÌÉáÅì--åÀçÄùÌÑÇá-ìåÉ; ëÌÀôÄé ùÑÈðÈéå, éÈùÑÄéá àÆú-âÌÀàËìÌÈúåÉ.
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52 Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme á sus años.
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ðâ ëÌÄùÒÀëÄéø ùÑÈðÈä áÌÀùÑÈðÈä, éÄäÀéÆä òÄîÌåÉ; ìÉà-éÄøÀãÌÆðÌåÌ áÌÀôÆøÆêÀ, ìÀòÅéðÆéêÈ.
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53 Como con tomado a salario anualmente hará con él:
no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos.
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ðã åÀàÄí-ìÉà éÄâÌÈàÅì, áÌÀàÅìÌÆä--åÀéÈöÈà áÌÄùÑÀðÇú äÇéÌÉáÅì, äåÌà åÌáÈðÈéå òÄîÌåÉ.
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54 Mas si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.
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ðä ëÌÄé-ìÄé áÀðÅé-éÄùÒÀøÈàÅì, òÂáÈãÄéí--òÂáÈãÇé äÅí, àÂùÑÆø-äåÉöÅàúÄé àåÉúÈí îÅàÆøÆõ îÄöÀøÈéÄí: àÂðÄé, éÀäåÈä àÁìÉäÅéëÆí.
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55 Porque mis siervos son los hijos de Israel; son siervos míos, á los cuales saqué de la tierra de Egipto: Yo Jehová vuestro Dios.
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